“La omisión de estos
artículos que garantizaban la proporcionalidad en las Asambleas Legislativas se
replicó en las elecciones subnacionales del 2015, cuando, por ejemplo, en el caso de La Paz, al MAS-IPSP
que logró un 34,29% de los votos válidos, se le asignó el 62,50% de la
representación al interior de la ALDLP; mientras que a SOL.BO habiendo alcanzado
el 45,87% de la preferencia electoral, se le fijó tan solo el 30,00% de
representación; este efecto se replicó con FPV, MPS y UN que no obtuvieron ni
un solo representante”, explicó Yaksic.
Los departamentos
afectados por esta desproporcionalidad fueron La Paz, Oruro, Potosí, Chuquisaca
y Cochabamba, al carecer de estatutos autonómicos y de su propio régimen
electoral.
Yaksic enfatizó que el
presidente del Tribunal Supremo Electoral, Salvador Romero, “tiene el deber de
velar y garantizar la democracia representativa en las ALD, en cumplimiento a
la Constitución Política del Estado.
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